CTCP recuerda requisitos para la distribución de utilidades y constitución de la reserva legal
- junio 11, 2026
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
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A través del Concepto 2026-0128, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública reiteró que la reserva legal constituye una apropiación de utilidades y no un gasto del período, por lo que debe reconocerse dentro del patrimonio una vez sea aprobada por el máximo órgano social. Asimismo, recordó que la distribución de utilidades solo puede efectuarse después de la aprobación de los estados financieros por parte de la asamblea de accionistas o junta de socios. Mientras dicha decisión no se adopte, las utilidades deben permanecer registradas como ganancias acumuladas. El concepto destaca la importancia de cumplir las disposiciones societarias y contables para evitar riesgos en la destinación y reconocimiento de resultados.
CTCP 2026-0128
