Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en junio de 2026

Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en junio de 2026

Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de junio de 2026, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023.

Para el mes de junio de 2026, las obligaciones tributarias a cumplir son:

  1. Pago de la tercera cuota del Impuesto de Renta y Complementarios del año gravable 2025, del 10 al 24 de junio de 2026.
  2. Presentación y pago de la declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de mayo, del 10 al 24 de junio de 2026.
  3. Presentación y pago de la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de marzo, hasta el 16 de junio de 2026.
  4. Presentación de la memoria económica y Actualización del Régimen Tributario Especial, hasta el 30 de junio de 2026.
  5. Pago de la segunda cuota correspondiente al 50% del Impuesto al Patrimonio por la vigencia 2026, con ocasión al estado de emergencia declarado mediante el Decreto Legislativo 0150 de 2026, el 01 de junio de 2026, para los establecimientos permanentes (incluidas las sucursales) de entidades del exterior.
  6. De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente. Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas:

Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.

La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.

La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año.

Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público.

Para consultar el Calendario Tributario 2026, el link habilitado es: https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2026.pdf

Notas de interés. 

Señor contribuyente, lo invitamos a consultar el portal web en nuestra página www.dian.gov.co.  Al ingresar encontrará el “Normograma DIAN”, con normativa, doctrina y jurisprudencia en materia tributaria, aduanera, cambiaria y otros temas de competencia de la entidad.  Los interesados podrán acceder desde dispositivos portátiles y celulares.

El servicio cuenta con una sección especial de Novedades con boletines periódicos de noticias incorporadas, clasificadas por período, tipo de documento, entidad y orden cronológico.  A continuación, se destacan algunas Novedades publicadas en abril de 2026.



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