Revisor fiscal suplente y vínculos laborales: precisiones del CTCP sobre independencia
- febrero 13, 2026
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública aclaró que, aunque la normativa de propiedad horizontal no prohíbe expresamente que el revisor fiscal suplente tenga un vínculo laboral con el revisor fiscal principal, la designación debe analizarse a la luz de los principios de independencia mental y apariencia de independencia exigidos por la Ley 43 de 1990 y el Código de Ética. El organismo recordó que el suplente, al asumir el cargo, actúa con la misma investidura, deberes y responsabilidades del principal, por lo que debe preservarse la objetividad y evitar potenciales conflictos de interés.
CTCP 2026-0006
