Tasas de depreciación fijadas en el Artículo 137 del Estatuto Tributario.

Tasas de depreciación fijadas en el Artículo 137 del Estatuto Tributario.

La vida útil de las mejoras en propiedad ajena en proyectos mineros se debe soportar entre otros, por medio de estudios técnicos, manuales de uso e informes, o documentos probatorios elaborados por un experto en la materia, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso 2 del parágrafo 2 del Artículo 137 del Estatuto Tributario dado que la referida norma no establece excepciones para su aplicación.

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