Registro de consumos indebidos: un tratamiento contable que también puede tener implicaciones tributarias

Registro de consumos indebidos: un tratamiento contable que también puede tener implicaciones tributarias

El Concepto CTCP 2025-0293 recuerda que los consumos personales realizados por un representante legal no pueden tratarse como gastos deducibles, pues no cumplen los criterios de gasto bajo NIIF. Por tanto, deben registrarse como cuentas por cobrar exigibles, y solo cuando exista evidencia de irrecuperabilidad, proceder a reconocer un deterioro. Aunque el concepto aborda el tema desde la óptica contable, este tratamiento también evita contingencias tributarias: si estos valores se registraran como gasto, podrían generar rechazos en costos y deducciones, sanciones por inexactitud y discusiones frente a la DIAN. Una adecuada clasificación contable —empleados o terceros— y un soporte claro del proceso de cobro son claves para prevenir riesgos fiscales y garantizar la transparencia en los estados financieros.

CTCP 2025-0293


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