Procedencia y soportes para el descuento para las donaciones de alimentos aptos para el consumo humano y bienes de higiene y aseo, creado por la Ley 2380 de 2024

¿Desde cuándo es aplicable el descuento sobre el impuesto sobre la renta y complementarios para las donaciones de alimentos aptos para el consumo humano y bienes de higiene y aseo creado por la Ley 2380 de 2024?

¿Qué debe entenderse por “bienes de higiene y aseo” en el marco de la Ley 2380 de 2024?

Cómo procede el descuento dispuesto en el parágrafo nuevo del artículo 257 ET., y cómo se debe efectuar la certificación de la donación en los siguientes escenarios:

(i) un mismo donante dona los alimentos y/o bienes y paga el transporte en el que incurre para ponerlos a disposición del donatario;

(ii) un mismo donante dona los alimentos y/o bienes y, los transporta con sus propios vehículos hasta ponerlos a disposición del donatario y,

(iii) dos donantes donan, uno los alimentos y/o bienes y, el otro, el transporte con su propia flota hasta ponerlos a disposición del donatario?

CONCEPTO-007928-DIAN


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