Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en agosto de 2025
- julio 29, 2025
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Impuestos
Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de agosto de 2025, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023 – (Comunicado de Prensa N°.099 del 11 de diciembre de 2024).
Para el mes de agosto de 2025, las obligaciones tributarias a cumplir son:
- Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención y/o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de julio, entre el 12 y el 26 de agosto.
- Declaración y pago de Renta Personas Naturales año gravable 2024, entre el 12 de agosto y el 24 de octubre.
- Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de julio, hasta el 15 de agosto.
- De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente.
Consultar link https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario-GMF-2025.pdf
Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas:
1. Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.
2. La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.
3. La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año.
Parágrafo. Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público.
4. Registro Único de Beneficiarios Finales – Actualización, el 1 de agosto de 2025.