Plazos clave para declarar y pagar impuestos nacionales en diciembre de 2025
- noviembre 28, 2025
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Impuestos
La DIAN recordó los vencimientos correspondientes a las obligaciones tributarias del mes de diciembre de 2025, según los plazos establecidos en el Decreto 2229 de 2023. Durante este periodo, los contribuyentes deberán presentar declaraciones como la Retención en la Fuente, el Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, el Informe País por País y, adicionalmente, cumplir con la presentación semanal del GMF bajo las reglas del DUR 1625 de 2016. A continuación, se detallan las fechas y obligaciones que deben atenderse antes del cierre del año fiscal.
Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en diciembre de 2025
A continuación, se detallan los plazos para la presentación y pago de las principales obligaciones tributarias del mes, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023.
- Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de noviembre, entre el 10 y el 23 de diciembre.
- Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de noviembre, hasta el 15 de diciembre.
- Presentación del Informe País por País, hasta el 15 de diciembre.
- De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el Artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente. Consultar link Calendario-GMF-2025. Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas:
Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.
La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.
La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año.
Parágrafo. Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público.
El Calendario Tributario 2025 completo puede ser consultado en el siguiente enlace https://www.dian.gov.co/Paginas/CalendarioTributario.aspx
Notas de interés.
Lo invitamos a consultar el portal web en nuestra página www.dian.gov.co. Al ingresar encontrará el “Normograma DIAN”, con normativa, doctrina y jurisprudencia en materia tributaria, aduanera, cambiaria y otros temas de competencia de la entidad. Los interesados podrán acceder desde dispositivos portátiles y celulares.
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