Los curadores urbanos deben llevar contabilidad
- agosto 25, 2025
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
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El curador debe manejar contabilidad considerando que la responsabilidad de los curadores urbanos, que son particulares que ejercen funciones públicas (Ley 388 de 1997, articulo 101 y ss.), por cuanto administran recursos públicos en forma de expensas que cobran por las licencias y sobre las que deben reportar sobre los dineros recaudados y rendir cuentas periódicas a los entes de control (Contraloría General de la República).
CTCP 2025-0219