La prestación de un servicio por parte de un responsable del IVA residente en Colombia mediante un mandato se constituye en una exportación de servicios exenta de IVA.
- junio 27, 2025
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Impuestos
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El servicio de intermediación o mandato, según los aspectos señalados en los antecedentes de la consulta, estaría exento del IVA respecto a la proporción que corresponde al valor de la comisión percibida en la medida que cumplan las condiciones previstas por el literal c) del Artículo 481 del Estatuto Tributario, su reglamento y la jurisprudencia.
CONCEPTO-007182-int-812-DE-2025-JUNIO-3