La prestación de un servicio por parte de un responsable del IVA residente en Colombia mediante un mandato se constituye en una exportación de servicios exenta de IVA.  

La prestación de un servicio por parte de un responsable del IVA residente en Colombia mediante un mandato se constituye en una exportación de servicios exenta de IVA.  

El servicio de intermediación o mandato, según los aspectos señalados en los antecedentes de la consulta, estaría exento del IVA respecto a la proporción que corresponde al valor de la comisión percibida en la medida que cumplan las condiciones previstas por el literal c) del Artículo 481 del Estatuto Tributario, su reglamento y la jurisprudencia.

CONCEPTO-007182-int-812-DE-2025-JUNIO-3


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