Junta directiva – miembros suplentes numéricos y personales.

  1. En materia de integración de la junta directiva de Sociedades Anónimas, de acuerdo con la legislación colombiana, ¿qué diferencia hay, al momento de elegir los miembros de la junta directiva, cuando los estatutos indican que existirán, miembros principales de dicha junta y suplentes de número, con la elección de una junta directiva sin dicha especificación?
  2. ¿Cuál es el concepto de suplente de número?
  3. ¿Cuál es la diferencia entre un suplente nominal y un suplente de número?
  4. ¿Cómo se eligen los miembros principales y los suplentes de número en una sociedad anónima o en cualquier sociedad de capital?
OFICIO 220-145599 SUPERSOCIEDADES


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