Impuesto sobre las ventas – IVA. Servicios Excluidos. Tiquetes aéreos con destino a la zona de régimen aduanero especial

¿La exclusión del impuesto sobre las ventas – IVA regulada en el numeral 26 del artículo 476 del Estatuto Tributario aplica para los tiquetes aéreos con destino a la zona de régimen aduanero especial de Tumaco?

No. El numeral 26 del artículo 476 del Estatuto Tributario señala que se encuentran excluidos del impuesto sobre las ventas – IVA únicamente los servicios de hotelería y turismo que sean prestados en los municipios que integran las zonas de régimen aduanero especial señaladas en la misma disposición.

CONCEPTO-007363-DIAN


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