Ejercicio profesional de un extranjero en Colombia

Parágrafo 1° A partir de la vigencia de la presente ley, para ser inscrito como Contador Público es necesario ser nacional colombiano en ejercicio de los derechos civiles, o extranjeros domiciliado en Colombia con no menos de tres (3) años de anterioridad a la respectiva solicitud de inscripción y que reúna los siguientes requisitos: (…)

  1. b) O haber obtenido dicho título de Contador Público o de una denominación equivalente, expedida por instituciones extranjeras de países con los cuales Colombia tiene celebrados convenios sobre reciprocidad de títulos y refrendado por el organismo gubernamental autorizado para tal efecto. (…)” Resaltado propio

En síntesis, para ejercer como contador público en Colombia se requiere de la respectiva inscripción ante la JCC, y ésta se acredita sólo con la tarjeta profesional, tal como se enuncia en las normas anteriores”.

2023-0366-Ejercicio-profesional-de-un-extranjero-en-Colombia



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