DIAN aclara cómo debe entenderse la “última notificación efectuada” para interponer el recurso de reconsideración

DIAN aclara cómo debe entenderse la “última notificación efectuada” para interponer el recurso de reconsideración

Mediante el Concepto 016541 del 14 de octubre de 2025, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) precisó el alcance de la expresión “última notificación efectuada” cuando un acto administrativo de fondo se dirige a múltiples administrados y se emplean diferentes formas de notificación. La entidad concluye que la última notificación no depende del orden cronológico del envío, sino del momento en que cada mecanismo —electrónico, correo físico o aviso— se consolida jurídicamente, garantizando así el derecho de defensa y la correcta contabilización del plazo para interponer el recurso de reconsideración.

CONCEPTO 016541 DIAN

 



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