Deducción especial de renta y exclusión de IVA en inversiones en producción de energía con fuentes no convencionales de energía.

Deducción especial de renta y exclusión de IVA en inversiones en producción de energía con fuentes no convencionales de energía.

¿Tienen derecho a la deducción especial y exclusión del IVA, en los términos de los artículos 11 y 12 de la Ley 1715 de 2014, las personas naturales que adquieren automóviles híbridos o eléctricos para uso personal?

No. En consideración a los requisitos y la finalidad prevista en la Ley 1715 de 2014, la sola adquisición por parte de las personas naturales de vehículos híbridos o eléctricos para uso personal no permite acceder a los beneficios de la deducción especial en renta, ni a la exclusión de IVA establecidos en sus artículos 11 y 12. De acuerdo con el artículo 468-1 del Estatuto Tributario estos bienes están gravados a la tarifa de IVA del 5%.

Concepto 12101 DIAN


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