CTCP define criterios para aportes voluntarios y anticipos de capital en sociedades

CTCP define criterios para aportes voluntarios y anticipos de capital en sociedades

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto 2025-0311, en el que aclara el tratamiento contable de los recursos entregados por socios, incluyendo aportes voluntarios no reembolsables y anticipos para futuras capitalizaciones. Según la orientación, estos valores solo pueden reconocerse como patrimonio cuando exista un compromiso irrevocable, documentado y sin derecho a devolución; de lo contrario, deben registrarse como pasivo. Además, se enfatiza la aplicación del principio de sustancia sobre la forma bajo NIIF para Pymes (Grupo 2) y la necesidad de revelar adecuadamente las condiciones y acuerdos en los estados financieros.

CTCP 2025-0311


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