CTCP aclara el reconocimiento contable de recursos no ejecutados con destinación específica bajo NIIF

CTCP aclara el reconocimiento contable de recursos no ejecutados con destinación específica bajo NIIF

Mediante el Concepto CTCP 2025-0315, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública precisó que los recursos no ejecutados derivados del convenio entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Confecámaras no deben reconocerse automáticamente como pasivos, salvo que existan obligaciones presentes exigibles originadas en contratos u otros instrumentos jurídicos vinculantes. Mientras no se configure dicha obligación, estos recursos deben mantenerse como activos con restricción legal y contractual de uso, acompañados de revelaciones suficientes en notas a los estados financieros sobre su naturaleza, finalidad, montos y condiciones de ejecución, conforme a los requerimientos de las NIIF plenas y la NIIF para las PYMES

CTCP 2025-0315


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