CTCP aclara el reconocimiento contable de recursos no ejecutados con destinación específica bajo NIIF
- febrero 2, 2026
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
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Mediante el Concepto CTCP 2025-0315, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública precisó que los recursos no ejecutados derivados del convenio entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Confecámaras no deben reconocerse automáticamente como pasivos, salvo que existan obligaciones presentes exigibles originadas en contratos u otros instrumentos jurídicos vinculantes. Mientras no se configure dicha obligación, estos recursos deben mantenerse como activos con restricción legal y contractual de uso, acompañados de revelaciones suficientes en notas a los estados financieros sobre su naturaleza, finalidad, montos y condiciones de ejecución, conforme a los requerimientos de las NIIF plenas y la NIIF para las PYMES
CTCP 2025-0315
