Corte Constitucional amplía el descanso remunerado ante eventos de gestación no culminada

Corte Constitucional amplía el descanso remunerado ante eventos de gestación no culminada

Mediante la Sentencia C-017 de 2026, la Corte Constitucional declaró exequible de forma condicionada el artículo 237 del Código Sustantivo del Trabajo, al precisar que el derecho al descanso remunerado frente a eventos de gestación no culminada aplica a todas las personas gestantes, y no únicamente a “la trabajadora”. La decisión corrige una omisión legislativa y refuerza las obligaciones de los empleadores en materia de protección laboral, igualdad e inclusión, extendiendo este reconocimiento a hombres trans y personas no binarias, con impactos directos en la gestión de licencias, políticas internas y cumplimiento normativo.

Comunicado-04-Febrero-04-2026


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