Corrección de errores contables en activos cuando la empresa está bajo administración de la SAE

Corrección de errores contables en activos cuando la empresa está bajo administración de la SAE

El CTCP recordó que las diferencias entre el valor contable y el inventario físico de activos deben tratarse como errores de periodos anteriores, aplicando corrección retrospectiva según la NIIF para PYMES. Sin embargo, cuando la entidad está bajo administración de la SAE, cualquier baja, ajuste o decisión sobre el patrimonio solo puede realizarse con autorización expresa de dicha entidad, ya que los procedimientos están regulados por la Ley 1708 de 2014 y los manuales del FRISCO. El concepto aclara que, aunque contablemente procede el ajuste si existe soporte técnico, la SAE es la única competente para autorizarlo.

CTCP 2025-0290


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