DIAN ratifica naturaleza parafiscal de la retención del 0,1 % al transporte de carga

DIAN ratifica naturaleza parafiscal de la retención del 0,1 % al transporte de carga

Mediante el Oficio 018024 de 2026, la DIAN concluyó que la retención del 0,1 % aplicable a determinadas operaciones de transporte terrestre de carga tiene naturaleza de contribución parafiscal, dado que recae sobre un sector económico específico y sus recursos se destinan exclusivamente a financiar el Fondo para la modernización del parque automotor de carga. La entidad también aclaró que este mecanismo no está sujeto a las reglas de ineficacia previstas para las declaraciones de retención en la fuente del artículo 580-1 del Estatuto Tributario, debido a que su recaudo se realiza mediante recibo oficial de pago y no a través de una declaración tributaria. Asimismo, señaló que cualquier definición sobre responsabilidad penal o devolución de valores retenidos excede el ámbito de competencia de la DIAN y corresponde a otras autoridades.

OFICIO 018024 DIAN


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