Aplicación inmediata de las enmiendas del Decreto 701 de 2026 en estados financieros

Aplicación inmediata de las enmiendas del Decreto 701 de 2026 en estados financieros

El CTCP aclaró que las modificaciones introducidas por el Decreto 701 de 2026 a los marcos técnicos de los Grupos 1 y 2 deben aplicarse desde el 9 de julio de 2026, fecha de entrada en vigencia del decreto. En consecuencia, las entidades con ejercicio social anual deberán incorporar estas enmiendas en los estados financieros correspondientes al año 2026 y en los ejercicios posteriores.

CTCP 2026-0197


Deja una respuesta