CTCP aclara cómo deben contabilizarse los ingresos recibidos por cuenta de terceros

CTCP aclara cómo deben contabilizarse los ingresos recibidos por cuenta de terceros

El CTCP precisó que los recursos que una entidad recibe por cuenta de terceros no deben reconocerse como ingresos propios, cuando existe la obligación contractual de entregarlos posteriormente al tercero. En el Concepto 2026-0199, relacionado con recursos recaudados por una copropiedad para el pago de honorarios profesionales, el organismo señaló que estos importes deben reconocerse como un pasivo financiero, de acuerdo con la Sección 11 de la NIIF para las Pymes.

CTCP 2026-0199


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