Decreto 0240 establece beneficios para normalización de deudas con reducción de intereses y sanciones

Decreto 0240 establece beneficios para normalización de deudas con reducción de intereses y sanciones

En el marco de la emergencia económica, el Decreto Legislativo 0240 de 2026 estableció mecanismos extraordinarios para facilitar la normalización de obligaciones en mora ante la DIAN. La norma permite a los contribuyentes acceder a una tasa especial de interés del 4,5% y a la reducción del 85% en sanciones, siempre que se cancele el 100% del capital adeudado. Asimismo, contempla beneficios para contribuyentes omisos o que requieran corregir sus declaraciones, quienes podrán pagar únicamente el 15% de la sanción sin intereses de mora, siempre que se acojan a estas condiciones antes del 30 de abril de 2026.


Hasta el 30 de abril morosos de la DIAN podrán pagar deudas con tasa de interés del 4.5%.

  • Otro beneficio del Decreto expedido por el Gobierno es la reducción del 85% en el valor de las sanciones.
  • Presentación de omisos o correcciones solo pagarán el 15% de la sanción correspondiente, sin necesidad de liquidar intereses de mora.

El Gobierno Nacional estableció en el Decreto 0240 del 12 de marzo de 2026 mecanismos extraordinarios que permitirán a los contribuyentes en mora de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), ponerse al día con importantes beneficios en sanciones e intereses, en el marco de las medidas para atender la emergencia económica, social y ecológica declarada en varias regiones del país.

Los contribuyentes que a 31 de diciembre tuvieran deudas tributarias, aduaneras y cambiarias podrán aplicar a la tasa especial en intereses de mora del 4.5% y pagar, únicamente, el 15% del monto de sanciones, siempre y cuando este no sea inferior a la sanción mínima que corresponde a 10 UVT, es decir, $524.000. Para acceder a estos beneficios, se deberá cancelar el 100% del valor del capital de la deuda.

El Decreto también establece un beneficio para quienes no hayan presentado declaraciones, es decir, que son omisos, o para aquellos que necesiten corregirlas, pagando sólo el 15% de la sanción correspondiente, sin necesidad de liquidar intereses de mora.

Los contribuyentes que deseen acogerse a estos beneficios deberán hacerlo antes del 30 de abril del presente año.

La DIAN invita a los contribuyentes con obligaciones pendientes a aprovechar estas condiciones especiales, que presentan una oportunidad excepcional para normalizar su situación fiscal con menores costos y contribuir al financiamiento de las acciones que adelanta el Estado para atender la emergencia.

Fin del comunicado.

📥 Descargue aquí el Comunicado de Prensa



Deja una respuesta