Corte Constitucional avala la constitucionalidad de los “impuestos saludables” del Estatuto Tributario

Corte Constitucional avala la constitucionalidad de los “impuestos saludables” del Estatuto Tributario

Mediante la Sentencia C-006 de 2026, la Corte Constitucional declaró exequibles los apartes demandados de los artículos 513-1 y 513-6 del Estatuto Tributario, incorporados por la Ley 2277 de 2022, que regulan los denominados impuestos saludables. El alto tribunal concluyó que las exclusiones previstas para determinados productos no vulneran los principios de igualdad ni de equidad tributaria, al estar sustentadas en criterios técnicos objetivos propios del diseño del impuesto, y no en el origen animal o vegetal de los bienes ni en las convicciones de los consumidores, destacando además que dichas medidas responden a finalidades legítimas de salud pública y capacidad económica.

Comunicado-03-Enero-29-de-2026


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