Deterioro y castigo de cartera bajo NIIF para las Pymes

Deterioro y castigo de cartera bajo NIIF para las Pymes

Una entidad clasificada en el Grupo 2 en Colombia debe aplicar el Marco Técnico Normativo de las NIIF para las PYMES, contenido en el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015. En este contexto, y conforme a los criterios establecidos en la Sección 11, la entidad reconocerá el deterioro del valor de los instrumentos financieros cuando exista evidencia objetiva de pérdida. El castigo contable procederá una vez se haya reconocido dicho deterioro y se cuente con evidencia suficiente de la irrecuperabilidad del instrumento financiero.

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