Pago de utilidades en especie a inversionistas no residentes
- octubre 21, 2024
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Comercial
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Teniendo en cuenta que, mediante Oficio 220-031783 del 20 de febrero de 2011, la Superintendencia de Sociedades, sin discriminar entre accionista extranjero y accionista nacional, consideró que los dividendos pueden pagarse en especie siempre que los accionistas, de manera expresa acepten que les sea entregado un bien distinto al dinero en efectivo, ¿Debe entenderse que, en aplicación del principio de igualdad en el trato a la inversión de capitales del exterior en Colombia, la sociedad receptora de la inversión puede pagar los dividendos en especie a accionistas extranjeros, siempre que lo acepten expresamente?
OFICIO 220-231337 SUPERSOCIEDADES