Bienes con afectación a vivienda familiar y patrimonio de familia en la insolvencia

Bienes con afectación a vivienda familiar y patrimonio de familia en la insolvencia

¿Qué tipo de tratamiento se le da a un deudor en un proceso de liquidación de persona natural comerciante que manifiesta tener un bien con afectación a vivienda familiar y patrimonio de familia, el cual usa para su habitación y vivienda y la de su familia?

¿Existen excepciones al principio de universalidad de bienes contemplado en el artículo 7 de la Ley 1116 de 2016 con relación a la exclusión de bienes de la persona natural comerciante que tenga bienes afectados con patrimonio familiar y/o afectación a vivienda familiar?

¿Se podría aplicar analógicamente el numeral 4 del artículo 565 del Código General del Proceso en cuanto a no contar dentro de la masa de la liquidación los bienes sobre los que se haya constituido patrimonio de familia inembargable o afectación familiar?

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